SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2014

Fecha: 25-Feb-2014

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 13 de 10 de septiembre de 2013, cursante de fs. 233 vta. a 242, concedió la acción de amparo constitucional, disponiendo la anulación del Auto de Vista 18 de 15 de enero de 2013, dictado por los Vocales demandados; también, declara la nulidad del Auto interlocutorio 132 de 27 de julio de 2012, emitido por el Juez demandado; consecuentemente, nula y sin efecto la notificación de 13 de enero de 2011, debiéndose practicar diligencias conforme al art. 137 del CPC, con el fundamento que: a) Las falencias obradas por el Oficial de Diligencias fueron convalidadas por las autoridades demandadas; b) La diligencia de notificación no fue practicada por el funcionario subalterno del Juzgado Décimo de Partido en lo Civil y Comercial; y, c) El oficial de Diligencias, en el contenido de la diligencia de notificación, no expresó que dejó la notificación mediante cédula en el domicilio señalado, lo cual es un óbice legal que atañe al orden público.