Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2014
Fecha: 10-Mar-2014
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a una justicia pronta y oportuna, servicio a la sociedad, eficacia y armonía social, inclusive el principio, ama qhilla (no seas flojo); señalando al efecto los arts. 8, 115.II, 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La aplicación del principio ético-moral del Ama Qhilla en el ejercicio de la función judicial
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR