SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2014
Fecha: 10-Mar-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia vulneración de sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a una justicia pronta y oportuna, servicio a la sociedad, eficacia y armonía social, inclusive el principio, ama qhilla (no seas flojo), señalando que el 6 de septiembre de 2013, previo a instalarse la audiencia de consideración de medidas cautelares, uno de los imputados fue aprehendido y conducido a oficinas de la FELCC; con todo, la señalada audiencia, debió continuar, toda vez que, estaba presente la coimputada; sin embargo, el Juez suspendió la audiencia, fijando una nueva para el día 29 de octubre de 2013, arguyendo que existirían otros actos procesales señalados con anterioridad; ante esta Resolución, planteó recurso de reposición, alegando que debía proseguirse la audiencia con la coimputada; no obstante, el Juez confirmó su fallo, prolongando innecesariamente la consideración de una medida cautelar. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La aplicación del principio ético-moral del Ama Qhilla en el ejercicio de la función judicial
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR