SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2014

Fecha: 10-Mar-2014

2)

La norma citada anteriormente, establece que la audiencia de juicio oral puede ser suspendida por un plazo no mayor a diez días calendario; una vez reanudada la audiencia, el Juez o tribunal podrá ordenar mediante resolución expresa, que el impedido sea separado del juicio, siempre que la causal de suspensión subsistiere para continuar el trámite con los demás coimputados hasta la conclusión.