SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2014

Fecha: 10-Mar-2014

II.10.

II.10.          En la audiencia de juicio oral celebrada el 17 de junio de 2013, a horas 15:30 el Presidente de dicho Tribunal demandado, en aplicación del art. 129 del CPP, dispuso que por secretaría se expida mandamiento de comparendo para citar al acusado -hoy accionante-, a objeto de que se presente a la audiencia de juicio oral fijada para el día miércoles 19 del mismo mes y año, a horas 9:30; asimismo, ante la solicitud del Fiscal de Materia respecto a la separación o no de manera textual y exclusiva del accionante, el presidente señaló: “(…) el tribunal ha procedido a valorar minuciosamente el contenido de los exámenes médico forenses que son el descargo para este tribunal y la determinación que ha asumido así mismo de acuerdo al desarrollo del proceso podemos deducir que la solicitud que presenta la defensa en relación a apartar al señor Ronald Enrique Castedo Allerding ha sido desestimada y eso está plenamente claro al haber nosotros determinado cuando se expidió el mandamiento de comparendo o los mandamientos que la ley nos faculta a expedir (…)” (sic); dicha determinación fue asumida por mayoría de los miembros del Tribunal (fs. 225 a 232).