SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2014
Fecha: 25-Mar-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante, alega que los demandados han vulnerado sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, por cuanto si bien le encontraron en su maletín proyectiles calibre 22, siendo arrestado luego de prestar su declaración y puesto en libertad; después de más de un año, la Fiscal de Materia presentó imputación formal en su contra por la presunta comisión del delito previsto en el art. 211 del CP (fabricación, comercio o tenencia de sustancias explosivas, asfixiantes, etcétera), efectuando una mala calificación del delito imputado; es decir, una mala aplicación de la ley sustantiva que no fue observada por la Jueza cautelar quien le impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, que restringen su libertad. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Subsidiaridad excepcional de la acción de libertad
- Segundo Supuesto:
- Fragmento 12
- …Juez Cautelar como encargado del control de la investigación
- …Recurso de apelación incidental como medio idóneo para impugnar las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.3. El caso en examen
- Actuación del Fiscal de Materia
- Actuación de la Jueza del Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal
- Fragmento 18