SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2014

Fecha: 25-Mar-2014

II.2.

II.2.  Por memorial presentado el 25 de enero de 2005, el Intendente especial de liquidación a nivel nacional del Banco de Cochabamba S.A., en liquidación, interpuso recurso de apelación contra la Sentencia 155/2004, (fs. 9 a 10). La Sala Civil Segunda, de la entonces Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, mediante Auto de Vista de 20 de julio del 2005, revocó la Sentencia de 18 de octubre de 2004 y deliberando en el fondo, declaró probada la demanda ejecutiva solo con relación a Ernesto Sanzetenea Vargas e improbada en cuanto Arturo Mercado Añez y Ena Ortiz de Mercado; asimismo, declaró probada la excepción de impersonería de los ejecutados en lo que respecta a los últimos nombrados y se ordenó que en ejecución de sentencia, se proceda al remate de los bienes hipotecados y los que se embargaren de propiedad del ejecutado para que con el producto de su venta se pague la suma de $us 380 000.- (trecientos ochenta mil dólares estadounidenses) de capital e intereses, sin costas (fs. 27 a 28 vta.). Habiéndose solicitado complementación y enmienda del referido Auto de Vista, por la apoderada de Ernesto Sanzetenea Vargas, (fs. 35 a 36), a través de Auto de 1 de septiembre de 2005, se determinó no ha lugar a dicha petición en razón a considerarse que dicho fallo es claro y preciso (fs. 37).