SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2014

Fecha: 25-Mar-2014

a)

La parte demandada, mediante su abogada, en audiencia informó que: a) La accionante, estando en funciones faltó a tres sesiones continuas; posteriormente, por razones de salud, solicitó reiteradamente licencias ante el Concejo Municipal, por lo que en aplicación del art. 27 del Reglamento, hizo abandono de sus funciones incumpliendo el art. 29.3 de la LM; b) Respecto a la solicitud denegada, no es que los Concejales demandados, se hayan tomado atribución que no les corresponde; por el contrario, tras el abandono de sus labores se le inició un proceso penal con radicatoria en La Paz, dentro del caso 9597/2011 por abandono de funciones; y, c) Los hechos denunciados fueron resueltos en una anterior e igual acción de defensa, donde en primera instancia se concedió la tutela, pero en revisión, el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante SCP 0198/2012,  revocó dicha determinación; en consecuencia, la presente acción debe denegarse al existir identidad de objeto, sujeto y causa.