SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2014

Fecha: 25-Mar-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante, estima que se han vulnerado sus derechos a la petición, al debido proceso, a ejercer un cargo público, al trabajo, a una justa remuneración, a la presunción de inocencia y a la dignidad; porque, el 14 de agosto de 2013, solicitó al Concejo Municipal la reconsideración de la Resolución Municipal 043/2012 de 16 de agosto, que dispuso la suspensión temporal de su cargo como Concejala titular, y de la decisión asumida en sesión ordinaria de 1 de agosto de 2013; solicitud que no fue respondida mediante una resolución municipal debidamente motivada y fundamentada, como dispone el art. 22, sino a través de la nota con Cite H.C.M.CH. 070/2013 de 1 de agosto, firmada por el Presidente del  Concejo Municipal. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.