Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2014
Fecha: 25-Mar-2014
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Edwin Blanco Soria, Fiscal de Materia de Viacha del departamento de La Paz, no obstante de su legal notificación cursante a fs. 18, no asistió a la audiencia ni presentó informe alguno; sin embargo, en la misma, según lo manifestado por el Juez de garantías, la referida autoridad fiscal, remitió el cuaderno de investigaciones del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la ahora accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 11
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto