Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0093/2014-RCA
Fecha: 15-Abr-2014
Fragmento 1
En revisión la Resolución 138/2014 de 14 de marzo, cursante de fs. 158 a 159, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Paola Patricia Álvarez Banzer en representación legal de la Sociedad Industrial del Sur (SIDS) S.A., contra Grover Castelo Miranda, Gerente Distrital a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y Claudia Betina Cors Rejas, Directora Ejecutiva Regional a.i. de la Autoridad de Impugnación Tributaria (ARIT), ambos del departamento de Chuquisaca.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- no
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- por no presentada
- Fragmento 7
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- no es un instrumento alternativo o sustitutivo de las acciones ordinarias que la Constitución y la ley asignan a las distintas jurisdicciones,
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución'”
- por no
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- CONFIRMAR