SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2014

Fecha: 08-Abr-2014

Fragmento 18

         Consecuentemente, cuando se trata de denuncias referidas a medidas cautelares, ya no es exigible el absoluto estado de indefensión, sino que  simplemente los hechos alegados como vulnerados, se encuentren  directamente vinculados al derecho a la libertad de él o los imputados y que se hayan agotado todos los mecanismos intraprocesales, previamente a interponer la presente acción tutelar.