SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAl 0689/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAl 0689/2014

Fecha: 10-Abr-2014

a)

El abogado del accionante, ratificó el memorial de la acción de libertad, añadiendo que: a) Por Auto Interlocutorio de 18 de octubre de 2013, se dispuso la detención preventiva de su defendido; es así que la autoridad judicial vulneró su derecho a la defensa y a la igualdad procesal, toda vez que dicha Resolución carece de motivación en relación a los riesgos procesales sobre los que se sustenta su detención; b)La autoridad demandada además no remitió el legajo de la apelación ante el Tribunal de alzada, ni concluyó con la elaboración del acta de audiencia a la cual recién tuvo acceso el mismo día de la audiencia de acción de libertad; y, c)Solicita se conceda la libertad de su defendido y en caso de no accederse a dicha petición se disponga la remisión del legajo de apelación ante el Tribunal de alzada de forma inmediata.