Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2014
Fecha: 10-Abr-2014
II.1.
II.1. Mediante memorial de 11 de junio de 2013, Cintia Natusch Candia, Fiscal de Materia, imputa formalmente a Carlos Enrique Aranibar Soto y otros por la presunta comisión de los delitos de peculado, concusión, incumplimiento de deberes, uso indebido de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, uso indebido de bienes y servicios públicos, y otros, pidiendo asimismo la aplicación de medidas cautelares (fs. 217 a 223).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 2) Si el contrato a plazo fijo se renovó una sola vez, es decir que existirían dos contrataciones a plazo fijo sucesivas, tampoco corresponde la aplicación de lo dispuesto por la Ley 975, por cuanto no se ha operado la conversión del contrato en uno por tiempo indefinido, debiendo actuarse conforme se señaló en el inciso anterior;
- Fragmento 11
- debiendo en este tipo de casos, inicialmente determinarse dicho incumplimiento mediante la autoridad y procedimiento establecido por el reglamento interno, que asegure los presupuestos mínimos del debido proceso
- REVOCAR