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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2014

    Fecha: 10-Abr-2014

    I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional

    En virtud de la impugnación efectuada por Alfredo Leoncio Camacho Effen, a la Resolución 99/2013 de 26 de agosto, el Tribunal Constitucional Plurinacional, emitió el Auto Constitucional 0250/2013-RCA, por el cual dispuso la admisión de la acción de amparo constitucional, revocando la ya citada Resolución 99/2013.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3.1. Ratificación y ampliación de la demanda
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional.
    • no puede, en ningún caso, sustituir los procesos judiciales establecidos en el ordenamiento jurídico, hecho que determina su carácter eminentemente subsidiario; pues, en virtud a su naturaleza jurídica, esta acción tutelar no puede considerarse como una vía alternativa ni supletoria
    • III.2. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional ante la presentación de demanda contencioso administrativa previa demanda de acción tutelar
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Resolución de recurso jerárquico AGIT-RJ 0155/2013 de 5 de febrero y de las que le preceden.
    • CONFIRMAR

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