SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2014
Fecha: 15-Abr-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a una justa remuneración, a la vida, a la no discriminación, así como la conculcación de los principios a la seguridad jurídica, de legalidad, supremacía constitucional y jerarquía normativa, en mérito a que el Gerente de la Empresa Minera Colquiri mediante MEMORÁNDUM GG-0187/2013, determinó la rescisión de sus servicios, alegando motivos de reestructuración y por la paralización del proyecto Rampa, del cual era la supervisora; tal acto no se enmarca dentro de los requisitos de la LGT para la desvinculación laboral, por lo que se trata de una acto ilegal y arbitrario que vulnera sus derechos laborales, por lo que acudió ante el Ministerio del Trabajo que mediante su Jefatura Departamental de La Paz emitió la conminatoria de 1 de agosto de 2013 a su favor, en la que se establece que debe procederse a su reincorporación a su fuente laboral, acto administrativo que la autoridad demandada no dio cumplimiento.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 4
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio de protección o cuando las vías idóneas pertinentes una vez agotadas no han restablecido el derecho lesionado, lo que significa que de no cumplirse con este requisito, no se puede analizar el fondo del problema planteado y, por tanto tampoco otorgar la tutela”.
- III.2.
- III.3. Sobre el derecho al trabajo y la estabilidad laboral
- emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.
- III.4. Sobre el derecho a una justa remuneración
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.2. Respecto al derecho al trabajo y a la estabilidad laboral
- por lo tanto el memorándum de rescisión de servicios se constituyó en un acto arbitrario que ha vulnerado los derechos fundamentales de la parte accionante
- III.5.3. Sobre la supuesta vulneración a la justa remuneración
- III.5.4. Sobre la vulneración al derecho a la no discriminación
- CONFIRMAR