SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2014

Fecha: 30-Abr-2014

II.1.

II.1. Por contratos de consultoría individual de línea, suscritos por el Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo con Remberto Cabero Molina -ahora accionante-, en el cargo de Asesor Legal, bajo el siguiente detalle: a) De 10 de mayo a 10 de noviembre de 2011, en la Unidad Jurídica dependiente de la Dirección Jurídica (fs. 30 a 32), siendo ampliado en la misma fecha hasta el 30 de diciembre del citado año (fs. 22 a 23); b) De 6 de enero a 6 de junio de 2012, en la Dirección de Desarrollo Urbano y la Dirección de Ingresos (fs. 24 a 27), ampliado en dos oportunidades consecutivas hasta el 30 de diciembre del mencionado año (de 7 de junio a 7 de noviembre de 2012 [fs. 28 a 29] y de 8 de noviembre a 30 de diciembre de 2012 [fs. 19 a 21]); y, c) En la Dirección de Desarrollo Urbano, contrato suscrito el 4 de enero de 2013, con vigencia a partir del 7 de enero al 27 de mayo de la misma gestión (fs. 15 a 18). El 5 de marzo del mencionado año, a través de nota es trasferido a la Dirección Jurídica de esa entidad (fs. 8).