SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2014

Fecha: 30-Abr-2014

Fragmento 19

           Al denunciarse en el caso de estudio, la omisión y consiguiente dilación, en proveer el memorial de alzada presentado por el accionante contra la Resolución que dispuso su detención preventiva, así como en la remisión respectiva de antecedentes al Tribunal de apelación; compele referirse a la normativa aplicable y a la jurisprudencia constitucional emitida al respecto, en aquellos asuntos en los que se denunció un retraso o demora en la remisión de actuados a la instancia superior; es decir, al tribunal de segunda instancia, a objeto del conocimiento del recurso y de la revisión de la situación jurídica del imputado.