SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2014

Fecha: 30-Abr-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante señala que por Auto Interlocutorio de 10 de julio de 2013, emitido por la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de Potosí en suplencia legal de su similar Tercero, se rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva, la misma que fue apelada y que por el Auto de Vista 57/2013 de 16 de septiembre, fue confirmada por los ahora demandados; empero, dicha Resolución carece de fundamentación y motivación, al no haber valorado la prueba aportada en relación al domicilio, toda vez que el imputado presentó documentación respaldatoria como el certificado domiciliario, pero las autoridades demandadas determinaron que el domicilio valedero es el del momento de su detención y no se podría considerar otro posterior a este, vulnerándose de esta forma sus derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso, a la debida fundamentación y motivación de las resoluciones y a la valoración razonable de la prueba.