SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2014

Fecha: 08-May-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera lesionados los principios de legalidad, de irretroactividad, pro homine, pro actione, y de “prevalencia del derecho sustancial sobre el formal”, así como sus derechos al debido proceso, a una resolución fundamentada, motivada y congruente, a la propiedad intelectual, a las garantías de igualdad e imparcialidad, toda vez que dentro de doce procesos administrativos de oposiciones andinas interpuestos ante el SENAPI, las autoridades demandadas, declararon improbadas las demandas de oposición de las marcas “Tarjeta Naranja BCP”, “Tarjeta Naranja” y “Tarjeta Naranja Pyme”, concediendo el registro de las mismas al Banco de Crédito de Bolivia S.A., efectuando una errónea interpretación del art. 147 de la Decisión 486 y la interpretación del mismo por parte del Tribunal Andino en el proceso 105-IP-2010,

pues la solicitud de registro se realizó el 18 de noviembre de 2008 y la presentación de la demanda de oposición se hizo el 19 del mismo mes y año, pues a criterio de las autoridades demandadas no se cumplió con el requisito de la presentación simultánea de ambos trámites, al no haberse acreditado uno de los requisitos para la oposición del registro de marcas, que es el interés real, habiéndose agotado la vía administrativa con el rechazo de los recursos jerárquicos ante dicha repartición estatal.