Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2014
Fecha: 08-May-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El accionante señala que fue imputado por el Ministerio Público por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, y puesto a disposición del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca, dicha autoridad dispuso la aplicación de procedimiento inmediato para delitos en flagrancia, y a su vez la detención preventiva, basándose en apreciaciones subjetivas y además, sin ninguna fundamentación ni motivación, por lo que se vulneró el debido proceso y su derecho a la libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada. Puesto que el orden legal penal ha previsto ese medio impugnativo, precisamente para que a través de un recurso rápido, idóneo, efectivo y con la mayor celeridad se repare en el mismo órgano judicial, las arbitrariedades y/o errores que se hubiesen cometido en dicha fase o etapa procesal.
- III.2. Análisis del caso concreto
- idóneos y específicos
- REVOCAR