Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2014
Fecha: 12-May-2014
II.4.
II.4. Contra el Auto de 27 de Octubre de 2009, el accionante planteó recurso de apelación solicitando que el superior en grado deje sin efecto dicha Resolución y resuelva el recurso de reposición planteado por su persona en fecha 21 de septiembre de igual año (fs. 169 a 170). Mediante Auto de 12 de marzo de 2010, el Juez Decimosegundo de Instrucción en lo Civil y Comercial, concedió el recurso de apelación en efecto devolutivo, debiéndose remitir fotocopias legalizas del expediente al superior en grado a fin de que se resuelva el mismo (fs. 183).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- 1)
- i)
- a)
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR