SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0882/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0882/2014

Fecha: 12-May-2014

Fragmento 26

Conforme a estos entendimientos el debido proceso, en su triple dimensionalidad, -principio, derecho y garantía-, constituye, el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el marco de lo establecido por disposiciones jurídicas generalmente aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar, además comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar dichos derechos, por lo que toda actividad sancionadora del Estado, sea en el ámbito jurisdiccional o administrativo, debe ser impuesta previo proceso, en el que se respeten todos los derechos inherentes a la garantía del debido proceso.