SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0882/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0882/2014

Fecha: 12-May-2014

Fragmento 36

Conclusión que es aplicable a los procesos administrativos, más aún cuando, conforme se ha referido en el Fundamento Jurídico III.5, la jurisprudencia constitucional, ha establecido de manera sólida a través de distintos fallos, que no todo acto administrativo es impugnable, en el entendido que los actos administrativos susceptibles de impugnación, ya sea mediante los recursos administrativos o por vía jurisdiccional ulterior, son los definitivos y los equivalentes o asimilables, los últimos porque pese a no resolver el fondo de la cuestión, impiden totalmente la tramitación del fondo, recibiendo el mismo tratamiento que un acto denominado definitivo.