SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0914/2014
Fecha: 12-May-2014
II.2.1
II.2.1.Con relación a la aplicación del art. 234.4 del CPP, la Sala Penal Primera desestimó el fundamento esgrimido por el Juez a quo “en sentido de concurrir dicho riesgo procesal, referido al comportamiento durante el proceso o en otro anterior en la medida que indique su voluntad de no someterse al mismo, por el planteamiento de una serie de incidentes y excepciones y declaratoria de rebeldía dictada contra el imputado, determinando el tribunal que el planteamiento de excepciones e incidentes por el imputado, no constituyen factores que puedan determinar su voluntad de no someterse al proceso, sino que simplemente constituye el ejercicio del derecho a la defensa. Empero consideran que la declaratoria de rebeldía en la audiencia de fecha de 1 de octubre de 2013 sí se constituye en una circunstancia para determinar la concurrencia de dicho riesgo procesal”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.2.1
- II.2.2.
- II.2.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- , le otorga a esta acción de defensa nuevas dimensiones y posibilita al juez constitucional a ejercer un control tutelar más amplio e integral y, de esta manera, resguardar los derechos a la vida e integridad física, restablecer las formalidades legales, ordenar el cese de la persecución indebida o la restitución del derecho a la libertad física o personal.
- Reparador, porque puede plantearse para reparar una lesión ya consumada, en los supuestos en que se verifique una detención ilegal o indebida, sea directamente o como consecuencia de un procesamiento indebido, al constatarse que las lesiones al debido proceso se constituyen en la causa directa para la restricción del derecho a la libertad física o la libertad de locomoción
- La acción de libertad, por otra parte, está dotada de características esenciales que la convierten en el mecanismo idóneo para la defensa de los derechos que protege
- III.2. Sobre algunos aspectos esenciales de la detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1°