Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2014
Fecha: 12-May-2014
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución 06/2013 de 22 de noviembre, cursante de fs. 16 a 18, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia Penal de Achacachi del departamento de La Paz, y en consecuencia, CONCEDER la tutela, en los mismos términos de la Resolución revisada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 7
- III.1. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, el principio de celeridad y el valor ético-moral del ama qhilla
- asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble);
- III.2. Marco normativo: art. 251 del Código de Procedimiento Penal
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR