Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2014
Fecha: 12-May-2014
II.1.
II.1. A través de memorial presentado el 19 de julio de 2013, el accionante solicitó ante el Tribunal de Sentencia Penal de Achacachi, audiencia de consideración de la cesación a la detención preventiva, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de violación (fs. 3 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 7
- III.1. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, el principio de celeridad y el valor ético-moral del ama qhilla
- asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble);
- III.2. Marco normativo: art. 251 del Código de Procedimiento Penal
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR