SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0939/2014
Fecha: 23-May-2014
II.1.
II.1. Resolución Sancionatoria AN-SCRZI-SPCCR-RS-666/2012 de 5 de diciembre, emitida por Jesús Salvador Vargas Cruz, Administrador a.i. de la Aduana Interior Santa Cruz ANB, por la cual resuelve: "Declarar PROBADA la comisión de la contravención aduanera por contrabando en contra de MARLENE CHUVE RIBERA Y REINA BERNAL LAURA y en consecuencia, el comiso definitivo de la mercancía comisada dentro del Acta de Intervención COARSCZ Nº 481/2010 disponiendo la consolidación de la monetización y la posterior distribución de su producto conforme lo establece el Art. 301º del Reglamento a la Ley General de Aduanas, modificado por la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo Nº 0220 de fecha 22/07/2009" (sic) y "…se dispone el comiso del medio de transporte con placa de control 2265-IBR y las unidades de transporte SEMIRREMOLQUE Nº: 9ADG071222M171377 y BOSM100267284VMT, pudiendo cancelar el pago del 50% del valor de la mercancía indocumentada, en aplicación del artículo 181 numeral III del Código Tributario Boliviano" (sic) (fs. 4 a 12); notificación al accionante con la prenombrada Resolución, el 5 de diciembre de 2012 (fs. 75).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Consideraciones respecto a la tramitación de la acción de amparo constitucional por parte del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR