SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1022/2014
Fecha: 06-Jun-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
La representante del accionante indica que pese a ser su hijo AA menor de edad, fue cautelado y detenido preventivamente en el centro penitenciario de Villa Busch por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Pando, por lo que interpuso excepción de incompetencia, que al no ser resuelta fue objeto de una acción de libertad en la que se dispuso se resuelva la excepción y pese a que mediante Auto de 26 de agosto de 2013, la referida excepción fue declarada probada y confirmada mediante Resolución de 22 de octubre de ese año, disponiendo la remisión de antecedentes del caso al Juez de la Niñez y Adolescencia; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad, el Juez demandado no remitió actuados ante el referido Juez de la Niñez y Adolescencia, vulnerándose los derechos de su hijo, toda vez que el mismo estaría detenido ilegalmente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- a)
- con la mayor celeridad
- posteriormente a las dilaciones indebidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Respecto a las actuaciones del Fiscal de Materia
- III.2.2. Respecto a las actuaciones del Juez demandado
- 1º REVOCAR