SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2014

Fecha: 06-Jun-2014

a)

El Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, en el informe escrito cursante de fs. 14 a 15 vta., señala: a) Las veinticuatro horas para providenciar se cumplieron conforme se evidencia de obrados; b) Procedió a dar la celeridad respectiva a la presente causa sin dilación ni retardación, como pretende hacer ver el accionante, por cuanto se realizó de acuerdo a los plazos procesales; c) No se dejó en indefensión al imputado, menos se vulneró su derecho al debido proceso, siendo clara al respecto la SCP 0322/2012 de 18 de junio, y en el presente caso, en ningún momento se violentó dicho derecho, ni se le dejó en indefensión; e) La conducta del accionante es obstaculizar el proceso, dilatando el mismo al interponer la presente acción tutelar sin justificar ni fundamentar en derecho.