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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2014

    Fecha: 06-Jun-2014

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El accionante, considera que el Juez demandado, al no otorgarle las fotocopias legalizadas dentro del plazo establecido en el art. 132 del CPP; no obstante, tener conocimiento de que dicha solicitud se relacionaba con su derecho a la libertad de locomoción, vulneró el principio de celeridad como elemento del debido proceso.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concede
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.                                    El principio de celeridad como elemento del debido proceso
    • III.3.  Marco normativo y jurisprudencial sobre el plazo para resolver las providencias de mero trámite y las respectivas notificaciones en materia penal
    • 3)
    • III.4.          Análisis del caso concreto
    • notificadas al día siguiente de dictadas, salvo que la ley o el juez disponga un plazo menor
    • III.5. Otras consideraciones
    • REVOCAR

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