Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1040/2014
Fecha: 09-Jun-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia y el principio de seguridad jurídica; toda vez que, dentro de la acción penal interpuesta en su contra y otros, por la presunta comisión del delito de despojo, no fue notificada personalmente con el Auto 004/2013 de 3 de enero, siendo que dicho Auto era definitivo; razón por la cual procedió a presentar el 5 de febrero de 2013, explicación, enmienda y complementación, pero la misma fue resuelta señalando que no se tenía nada que explicar ni complementar, ante lo cual interpuso recurso de apelación incidental que de igual forma fue rechazado por el Juez demandado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2. Análisis del caso concreto
- no constituye un recurso a través del cual el juez o tribunal competente pueda sustituir o modificar lo decidido, por el contrario, es un medio mediante el cual la autoridad judicial sólo puede enmendar algún error material, aclarar un concepto oscuro o suplir alguna omisión, siempre que no altere lo sustancial
- CONFIRM