Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1058/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.6.
II.6. El 5 de noviembre de 2013, el Secretario General del Sindicato de Trabajadores de “NUDELPA Ltda.”, extendió certificación a favor del ahora accionante, cuyo contenido demuestra que Miguel Ribera Justiniano, es afiliado de dicha organización sindical desde julio del 2013, siendo inicialmente trabajador jornalero eventual en producción, para posteriormente ser contratado como ayudante de producción desde el 1 de septiembre del 2013, hasta la fecha que fue despedido de manera verbal (fs. 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que la motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1.Ratificación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- y de los progenitores
- inamovilidad del progenitor varón por un lapso de un año, computable desde el nacimiento de su hijo o hija
- acudir directamente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social,
- ha sido extendida hacia el padre del menor hasta que su hija o hijo cumpla un año
- III.3.Aplicación preferente de la Constitución respecto a progenitores, hasta que el menor cumpla un año de edad
- extensible al progenitor varón a efectos de precautelar el derecho a la vida, la salud y a la seguridad social,
- para su ejercicio, no se requiere el previo aviso al empleador del estado de embarazo o de la existencia de un hijo o hija menor
- III.4. Análisis del caso de autos
- concedido
- CONFIRMAR