SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2014

Fecha: 10-Jun-2014

i)

La demandada a través de sus abogados en audiencia, manifestó que: i) Del análisis de la acción de amparo constitucional interpuesta por los accionantes, se establece que fue presentado el 19 de julio de 2013, y que la presunta acción de hecho ocurrió el 18 de diciembre de 2012, “entonces se habría presentado un día posterior el presente recurso” (sic); es decir, fuera del plazo previsto por ley; ii) Los accionantes alegan que las medidas de hecho sucedieron el 18 de diciembre de 2012, pero no demostraron dicha aseveración; y, ii) La “SCP 285/2012 de 4 de junio”, estableció los presupuestos para que el Tribunal de garantías ingrese al análisis de fondo en las acciones de amparo constitucional, como son el de acreditar el título propiedad y demostrar que existió el avasallamiento; con respecto al primero aparentemente se habría cumplido porque presentaron su título de propiedad, pero no demostraron las medidas de hecho, pretendiendo valerse de prueba presentada por otros accionantes a quienes se les concedió la tutela, quienes demostraron las medidas de hecho.