SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2014

Fecha: 10-Jun-2014

concedió

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 219 de 16 de septiembre de 2013, cursante de fs. 74 vta. a 77, por la que concedió la tutela solicitada, ordenando la reincorporación del accionante a su fuente laboral con todos sus sueldos devengados y beneficios de ley, en el entendido de encontrarse la esposa en estado de gestación, con los siguientes fundamentos: 1) Respecto al fuero sindical, existen derechos controvertidos, toda vez que la empresa presentó certificación del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social “de La Paz” (sic), de 27 de marzo de 2013; asimismo, la RM 628/2010 de 12 de agosto, en su contenido no consta el nombre del accionante por lo que se presume falsa la presentada por el trabajador, incurriendo en causales establecidas en los arts. 16 de la LGT y 9 de su Decreto Reglamentario; 2) El Tribunal de garantías no analiza hechos dudosos que deben ser probados en la vía correspondiente, menos las supuestas falsificaciones; además, la empresa demandada ya presentó denuncia en la vía penal por tales hechos;  3) En relación a la madre gestante, el Decreto Supremo (DS) 495 de 1 de mayo de 2010, establece que el padre progenitor no puede ser despedido de la empresa, sin que su hijo haya cumplido un año de edad; y, 4) Conforme previene el DS 0012 de 9 de febrero, no gozaran de beneficios de inamovilidad laboral la madre o el padre progenitores, que incurran en causales de conclusión de la relación laboral atribuible a su persona; si en este caso, la empresa consideró que había causal de conclusión de la relación laboral con el accionante, entonces, debió dar cumplimiento a la segunda parte, que dice: "…previo cumplimiento del empleador público o privado de los procedimientos que fija la norma para extinguir la relación laboral...", el cual no fue utilizado por la empresa para concluir con la relación laboral con el accionante.