Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.6.
II.6. El certificado de atención prenatal de 10 de julio de 2013, emitido por la Caja de Nacional de Salud (CNS), evidencia que Narda Meléndez Ortiz, asegurada de la empresa ETASA, se encuentra en el quinto mes de embarazo (fs. 8). La indicada, de acuerdo al Certificado de Matrimonio que cursa a fs. 3 es esposa de Mario Salomón Vidal Ojeda, ahora accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la estabilidad laboral de los trabajadores y el cumplimiento obligatorio de las conminatorias de reincorporación
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- y de los progenitores
- inamovilidad del progenitor varón por un lapso de un año, computable desde el nacimiento de su hijo o hija
- como al progenitor varón, -cuando la hija o hijo fueran menores al año de edad
- ha sido extendida hacia el padre del menor hasta que su hija o hijo cumpla un año
- para su ejercicio, no se requiere el previo aviso al empleador del estado de embarazo o de la existencia de un hijo o hija menor
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR