SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2014

Fecha: 10-Jun-2014

para su ejercicio, no se requiere el previo aviso al empleador del estado de embarazo o de la existencia de un hijo o hija menor

Asimismo, la inamovilidad laboral de los progenitores, no está supeditada al conocimiento previo del empleador sobre el estado de embarazo; al respecto, la SC 2567/2010-R de 19 de noviembre, estableció: “…la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad; garantía que, no está supedita a determinadas condiciones o requisitos que deben ser cumplidos por la mujer o el hombre y, por lo mismo, para su ejercicio, no se requiere el previo aviso al empleador del estado de embarazo o de la existencia de un hijo o hija menor a un año”.