SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2014

Fecha: 10-Jun-2014

denegó

Mediante Resolución 25/2013 de 13 de septiembre, cursante de fs. 12 a 13, la Jueza Segunda de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, denegó la tutela, con el fundamento que el accionante no denunció los supuestos actos lesivos al juez de instrucción que tiene competencia para el control jurisdiccional de la etapa preparatoria y de la actividad de los fiscales y policías, garantizando el respeto de los derechos y facultades de las partes intervinientes, sin facultades investigativas que corresponden exclusivamente a la Policía Boliviana a través de sus órganos de investigación criminal que actúan bajo la dirección funcional del Ministerio Público, siendo sólo el Juez Cautelar, quien puede imponer o revocar medidas cautelares personales y reales, como en los casos de aprehensión arbitraria determinando la existencia de un mecanismo idóneo para hacer cesar el supuesto acto lesivo, toda vez que existen mecanismo procesales específicos de defensa eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, que deben ser utilizados previamente por quien se crea afectado.