SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.1.
II.1. Según sostiene el representante del accionante, el 11 de septiembre de 2013 a horas 20:00, aproximadamente, éste fue interceptado por un vehículo policial del cual tres personas lo introdujeron con forcejeos al mismo, llevándolo a la "Ceja" de El Alto, donde le propinaron una golpiza interrogándolo sobre un robo que estaban investigando, para luego a las 23:00 le trasladarlo a dependencias de la FELCC, donde permaneció privado de su libertad hasta el día siguiente en que el Fiscal de turno dispuso su libertad, que no se hizo efectiva, al asumir conocimiento el Fiscal de Materia asignado al caso ahora demandado, quien emitió Resolución de aprehensión, sin que se hubiere aperturado ningún caso en su contra (fs. 4 a 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Subsidiaridad excepcional de la acción de libertad
- Primer supuesto:
- "Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- Fragmento 17
- III.2.1. Juez Cautelar como encargado del control de la investigación
- Fragmento 19
- III.3. El caso en examen
- Fragmento 21