Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1237/2014
Fecha: 16-Jun-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El representante alega la lesión del derecho de la accionante a la libertad de locomoción, presunción de inocencia, “a la atención pronta y oportuna en el ejercicio de sus derechos fundamentales” (sic) y a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 21.7, 116, 178 y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Miguel Ángel Santos Moreno
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad, bajo el principio de celeridad
- III.3.
- III.4.Análisis del caso concreto
- 1º