SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2014

Fecha: 23-Jun-2014

b)

b)  En el Considerando Segundo, primer párrafo, cita sentencias constitucionales, mencionando el art. 239.1 del CPP, en cuanto a los riesgos procesales; sin embargo, indica que en la segunda parte del primer párrafo del segundo considerando, señala los documentos que hubieran presentado y de acuerdo al análisis de los jueces no constituían un precedente obligatorio, puesto que no serían sentencias vinculantes, por no haberse presentado en el caso un cumplimiento de pena ni condena.