SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2014

Fecha: 23-Jun-2014

d)

d)  Señalando la prueba valorada, indican que la misma no desvirtúa los riesgos procesales impuestos al acusado ahora accionante y que la SC 1052/2004-R de 6 de julio, no constituye un precedente obligatorio, toda vez que, la misma no es vinculante al caso de autos por no existir coincidencia entre la ratio decidendi ya que no tiene cumplida ni sobrepasó su condena impuesta.

d)  Señalan que el pedido principal del apelante se encuentra vinculado al art. 174 de la LEPS, referida a la libertad condicional, sostiene que podría concederse la misma cumpliendo los requisitos establecidos en la norma, por lo que en el caso concreto, si bien afirma el apelante que cumplió la totalidad de la condena, de la revisión de antecedentes no evidencian documento alguno que evidencie el cumplimiento de las dos terceras partes de la pena impuesta y solamente presentaron una certificación de la asociación de artesanos de porcelana fría, la cual demuestra que tendría una ocupación dentro del penal y otra certificación de su ingreso.