SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2014

Fecha: 23-Jun-2014

II.1.

II.1. Mediante memorial presentado el 21 de octubre de 2013, por Luis Fernando Córdova Santivañez ante el Tribunal Primero de Sentencia Penal, solicita cesación a la detención preventiva, deduciendo que la libertad física provocada por la aplicación de la detención preventiva, se justifica en el principio de proporcionalidad, ya que toda persona sometida a un proceso tiene el derecho a que concluya dentro de un plazo razonable; así también, indica que de lo expuesto verifica que torna conveniente que la medida impuesta sobre su persona sea sustituida por otra; por ello, solicita que conforme la SCP 1079/2012 de 5 de septiembre, señale día y hora de audiencia en un plazo razonable de hasta tres días y de esta manera no cause dilaciones indebidas, declarando la cesación de la detención preventiva o en su caso imponiendo medidas sustitutivas a su detención (fs. 1 a 4).