SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2014

Fecha: 30-Jun-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que, en el juzgado Quinto de Instrucción en lo Civil, del departamento de Tarija se está tramitando un proceso de división y partición seguido por “Never Aguilera Vargas, Adriana Douglas y Daniela Aguilera Trujillo contra Felisa, Eleuteria y Arturo Cazon Choque”, sobre el bien inmueble ubicado en el barrio San José, registrado con matricula 6.01.1.01.0003144, el cual lo ocupan parcialmente, en el marco de lo señalado el 12 de marzo de 2012.

Never Alfredo Aguilera Vargas, planteó recurso de reposición con alternativa de apelación contra la resolución de 8 de marzo del mismo año, emitido por el Juez Quinto de Instrucción en lo Civil, en el que declaró probado el recurso de reposición interpuesto por los accionantes, revocando totalmente la providencia de 19 de febrero de “2013”, el recurso interpuesto contra ésta resolución no contiene ningún agravio, se lo efectuó mediante quejas “sin brújula”, aspecto que fue observado oportunamente; sin embargo, la Jueza Primera de Partido Civil -hoy autoridad demandada-, emitió el Auto de Vista de 12 de abril de 2013, de manera incongruente, puesto que efectuó un análisis sin resolver agravio por agravio, considerando un memorial que ya fue resuelto por el Juez de Instrucción Quinto en lo Civil, se extralimito al imponer sanción progresiva, toda vez que, en ningún momento se solicitó lo dispuesto.