Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2014
Fecha: 30-Jun-2014
II.8.
II.8. Mediante Auto de Vista de 12 de abril de 2013, la Jueza Primera de Partido en lo Civil, confirmó parcialmente la resolución de 8 de marzo del mismo año, disponiendo que se notifique a los ocupantes del bien inmueble y demandados apersonados a la causa, como también al perito designado, para que en el plazo de tres días permitan su ingreso al inmueble, a efectos de que se realice el trabajo pericial y ante el incumplimiento, el perito haga conocer de forma inmediata al Juez a quo, para que imponga a cada uno la sanción de Bs150.- por cada día que no se le permita el ingreso, además de remitir de forma inmediata antecedentes al Ministerio Público (fs. 67 a 69).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- III.3. Principio de congruencia en las resoluciones de alzada
- incongruencia 'ultra petita' en la que se incurre si el Tribunal concede 'extra petita' para los supuestos en que el juzgador concede algo distinto o fuera de lo solicitado por las partes; 'citra petita', conocido como por 'omisión' en la que se incurre cuando el Tribunal no se pronuncia sobre alguno de los pedimentos que le han sido planteados,
- incongruencia 'ultra petita' en los que el juez o tribunal decide cuestiones que han quedado consentidas y que no fueron objeto de expresión de agravios (extra petita); y cuando omite decidir cuestiones que son materia de expresión de agravios por el apelante (citra petita).
- III.4. Derecho a la defensa
- '…La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo