SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1334/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1334/2014

Fecha: 30-Jun-2014

b)

b)      Dispondrá se practique las diligencias necesarias a objeto de recabar los elementos de convicción útiles, para acreditar o desvirtuar el o los hechos denunciados. A este efecto podrá solicitar la cooperación de cualquier servidor judicial, de apoyo judicial o administrativo del Órgano Judicial. Estas diligencias investigativas, podrán ser practicadas por el Juez Disciplinario, antes de ser citado el denunciado con el Auto de Admisión y Apertura del Proceso Disciplinario.

b)  Con relación a los arts. 27.6, 188.1, 196.I, 198, 199 y 202 de la Ley del Órgano Judicial y 22 inc. d), 49, 53 y 55 del Acuerdo 165/2012 de 10 de julio, que aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario para el Personal Judicial de la Jurisdicción Ordinaria, de la Jurisdicción Agroambiental y Personal de Apoyo Judicial, de ambas jurisdicciones, por falta de fundamento jurídico constitucional.