SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1334/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1334/2014

Fecha: 30-Jun-2014

Fragmento 37

                          El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la SCP 1462/2013 de 21 de agosto, declaró la CONSTITUCIONALIDAD del art. 196.II de la LOJ, así como la CONSTITUCIONALIDAD del contenido normativo inserto en el art. 41.I inc. b) del Acuerdo 165/2012, en cuanto a la facultad de recolección probatoria directa de los jueces disciplinarios y la INCONSTITUCIONALIDAD del art. 41.I inc. b) del Acuerdo 165/2012 en la frase que señala lo siguiente: “Estas diligencias investigativas podrán ser practicadas por el Juez Disciplinario, antes de ser citado el denunciado con el Auto de Admisión y Apertura del Proceso Disciplinario”; asimismo la SCP 1840/2013 de 25 de octubre, declaró la INCONSTITUCIONALIDAD del art. 188.I.1 de la LOJ; conforme lo señalado precedentemente, se evidencia que dichas normas legales demandadas de inconstitucionales, ya fueron sometidas a juicio de constitucionalidad por éste Tribunal; es decir, que ya se efectuó la contrastación de las normas impugnadas que se acusan de infringidas en la presente acción, siendo declaradas constitucionales -el art. 196.II de la LOJ y el art. 41.I inc. b) del Acuerdo 165/2012 de 10 de julio-, en cuanto a la facultad de recolección probatoria directa de los jueces disciplinarios; e inconstitucional -el art. 41.I inc. b) del Acuerdo 165/2012 -, en la frase que señala lo siguiente: “Estas diligencias investigativas podrán ser practicadas por el Juez Disciplinario, antes de ser citado el denunciado con el Auto de Admisión y Apertura del Proceso Disciplinario; e inconstitucional -el art. 188.I.1 de la LOJ-; resultando innecesario realizar un nuevo análisis de constitucionalidad de dichas norma acusadas de inconstitucionales, al existir cosa juzgada constitucional, en virtud a que el Tribunal Constitucional Plurinacional ya sometió a juicio de constitucionalidad las referidas normas.