SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1340/2014
Fecha: 30-Jun-2014
Fragmento 33
De los antecedentes que cursan en obrados, se tiene que en cumplimiento de la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de la Policía Boliviana, la Resolución Suprema 07119 que aprobó el Reglamento de Asenso a Generales de la Policía Boliviana y lo establecido en el Reglamento Específico de Evaluación y Calificación de Generales, Jefes y Oficiales de la Policía Boliviana, con carácter excepcional, se dio inicio al proceso de evaluación de los Coroneles de las promociones 1980, 1981 y 1982, para el ascenso al grado de General de la Policía Boliviana. Siendo así, que por memorándum 061 de 20 de marzo de 2012, se invitó al ahora accionante a participar del mismo y por Resolución 37/2012 de 11 de abril, el Consejo Superior de Recursos Humanos de la Policía Boliviana -ahora demandado-, determinó que éste cumplió con los requisitos, obteniendo así un puntaje final de 1927.53 puntos de conformidad a lo previsto en los arts. 35 y 39 del Reglamento Específico de Evaluación y Calificación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- II.11.
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 21
- III.2.1. Sobre el derecho a la igualdad
- …construimos un nuevo Estado. Un Estado basado en el respeto e igualdad entre todos
- La arquitectura jurídica e institucional de un Estado de Derecho, se fundamenta en los valores elegidos como sociedad, tales como la igualdad y la no discriminación entre otros
- como derecho la igualdad atribuye al individuo (el sujeto activo) el derecho de exigir del Estado o de los particulares (el sujeto pasivo) el cumplimiento de los mandatos que se derivan del principio de igualdad"
- el derecho a la dignidad
- sólo podemos apreciar su vulneración, la que se concreta cuando se perturba, amenaza o priva de los derechos esenciales a la persona, o se denigra o humilla, cada vez que se discrimina
- En el nuevo orden constitucional, la seguridad jurídica no está instituida como derecho, sino como principio rector de los actos de la jurisdicción judicial o administrativa
- General de la Policía
- Ratificar los ascensos, a propuesta del Órgano Ejecutivo
- La Dirección Nacional de Recursos Humanos, el Consejo Superior de Recursos Humanos y el Consejo de Apelación
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 33
- Fragmento 34
- denegar
- CONFIRMAR