SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1376/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1376/2014

Fecha: 07-Jul-2014

III.3.  Sobre el acceso directo a la justicia constitucional en casos no vinculados a la comisión de un delito

Tal entendimiento, refrenda aquél en virtud del cual se estableció que aquél denunciante `al no encontrarse sometido a ninguna investigación ni proceso penal y, por ende al no existir ninguna autoridad que pueda ejercer el control de la investigación, el accionante no podía acudir ante el juez cautelar para denunciar el hecho ilegal que ahora exige, toda vez que el accionante reclama supuesta detención ilegal en la que habría incurrido el Director de la FELCC´; entendimiento que explica que al no existir sobre el hecho denunciado otro medio idóneo para denunciar el presunto acto lesivo corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada” (el resaltado es añadido).