SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2014

Fecha: 07-Jul-2014

denegó

Delfor Ríos Arrueta, Juez Sexto de Sentencia en lo Penal, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 057/2013 de 29 de agosto, cursante de fs. 17 a 22, denegó la tutela solicitada; sin embargo, dispuso que la autoridad demandada, adopte las medidas necesarias para que se celebre la audiencia de cesación a la detención fijada al efecto; con los siguientes fundamentos de relevancia jurídico-constitucional: 1) En cuanto a la Resolución que ordenó su detención preventiva no se encontraría debidamente fundamentada por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, se ha establecido que contra la misma, el accionante no hizo uso del recurso de apelación previsto en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), consiguientemente esa omisión o negligencia no puede ser suplida a través de la presente acción tutelar; 2) Respecto a las audiencias de cesación a la detención preventiva suspendidas en dos ocasiones consecutivas, debido a que no se encontraría en actuados la Resolución de detención preventiva, se tiene que la autoridad demandada desde el 19 de julio de 2013, ha tomado conocimiento de su suplencia legal y que dicho juzgado estaba precintado, lo que le impidió realizar sus labores con normalidad, y recién el 27 de agosto de igual año se le hizo entrega de las llaves del despacho; y, 3) De la revisión de antecedentes, se advierte que existe un señalamiento de audiencia para considerar la cesación a la detención preventiva para el 5 de septiembre de 2013, donde se dilucidaría la situación jurídica del accionante.